Petro expidió Decreto que convoca a la Consulta Popular

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Petro expidió Decreto que convoca a la Consulta Popular
Petro expidió Decreto que convoca a la Consulta Popular

El Presidente de la República Gustavo Petro Urrego firmó el decreto que convoca a los colombianos a la Consulta Popular para resarcir los derechos laborales.

He firmado el decreto que convoca a la consulta popular. Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes.

Gustavo Petro Urrego / Presidente de Colombia

Enviamos el decreto de la Consulta Popular a la Corte Constitucional, dijo el presidente

Consulte aquí las doce preguntas que propone el Gobierno Nacional para la consulta Popular.

El Ministro del Interior Armando Benedetti se refirió a la convocatoria para la consulta popular y señaló que en el mensaje del presidente invita nuevamente al Senado una propuesta de diálogo

«lo que queda claro es que se expide el decreto de la convocatoria para las elecciones del próximo 7 de agosto, pero el trino dice, que se puede derogar. Cuando eso se hace con un decreto, lo que se está mandando el Presidente, es un mensaje de diálogo al Senado de la República».

Armando Beneditti / Ministro del Interior

El presidente Petro abrió la posibilidad de retirar la convocatoria, pero solo si el Congreso, al que calificó como “poder constituido legítimo para discutir leyes”, responde de manera favorable a los puntos incluidos en la consulta.

El artículo segundo del decreto presidencia expresa literalmente:

ARTÍCULO 2. Convocatoria. Convóquese al pueblo de Colombia a una consulta popular en todo el territorio nacional para que, en ejercicio de su soberanía, el día siete (7) de agosto de 2025 decida si aprueba o rechaza las siguientes preguntas de trascendencia nacional

En Cali, explicaré porque es necesario ahora una reforma laboral en beneficio del pueblo trabajador y porque se hace necesaria la consulta, ante la ausencia de una ley que lo permita señaló el presidente.

Petro explicó por qué expidió el Decreto

El decreto de consulta tiene una base legal, que impide cualquier prevaricato, se trata del artículo 33c de la ley 1757, que permite a nivel legal, diferenciar entre si el senado vota el concepto previo, sea favorable o desfavorable o no se pronuncia.

En ambas opciones el decreto es presidencial. El juez al establecer por fallo la violación del debido proceso legislativo y ordenar, sin que haya sido acatado, la apelación de la senadora Maria José Pizarro, determinó que no se finiquitó el voto por el concepto previo, ni desfavorable ni favorable.

No se perfeccionó la votación. Estoy facultado legalmente para la segunda opción porque ¿que pasa si en el mes despues de presentada la consulta, dia que ya pasó, el senado no toma concepto.

Lo que dice la ley 1757 art33c, es que tambien hay decreto presidencial y se pone en él, la fecha de la consulta popular.

Ahora bien, a pesar de que estaba dispuesto a congelar la consulta popular, si el Senado aprobara la reforma laboral con los criterios concertados, incluso con los gremios, en la Cámara, el presidente del Senado decidió cerrar el Congreso y perder todo el martes, para que el Presidente solo tuviera el día de mañana para usar la ley 1757.

Usaron el triste atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay para excluir al pueblo no solo de la consulta popular, sino de la reforma laboral.

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