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Sancionan a Constructora Bolívar por incumplimientos en proyectos de vivienda

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Constructora Bolívar Bogotá S.A. con una multa de 1.306 millones de pesos por publicidad engañosa e incumplimientos en las entregas de vivienda de interés social del proyecto Buenavista Living.

La decisión busca proteger los derechos de los consumidores en el sector vivienda.

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor sancionó a la Constructora Bolívar Bogotá S.A., con una multa de $1.306.426.800, tras evidenciar la vulneración de los derechos de los consumidores.

La decisión se adoptó con fundamento en la información recaudada durante la visita de inspección realizada el 22 de octubre de 2024 al proyecto “Buenavista Living”, así como en los requerimientos posteriores efectuados por la Dirección y el análisis de cerca de 30 quejas presentadas en contra de la investigada.

Los motivos de la sanción

Los principales hechos que motivaron esta decisión de la Dirección incluyen:

  1. Incumplimientos en las fechas de entregas de los inmuebles: En la investigación se comprobó que la Constructora Bolívar incumplió la fecha de entrega ofrecida a los compradores de apartamentos del proyecto de vivienda de interés social “Buenavista Living”.Adicionalmente, la Constructora modificó el plazo de entrega en al menos tres (3) ocasiones, afectando las expectativas legítimas de los consumidores y alterando la fecha de escrituración, de la cual dependía el precio final del inmueble, tratándose de vivienda VIS.
  2. Publicidad engañosa en el proyecto “Buenavista Living”: Las piezas publicitarias utilizadas para promocionar el proyecto contenían información insuficiente, confusa e inoportuna, con la capacidad de inducir a error a los consumidores sobre la naturaleza de los inmuebles ofrecidos. En particular, no se informó de manera clara que se trataba de viviendas de interés social (VIS).

Con esta decisión la SIC reafirmó su compromiso en la protección de los derechos de los consumidores en el sector vivienda, promoviendo que se tengan las herramientas mínimas para tomar decisiones informadas en el marco de las relaciones de consumo.

Contra el acto administrativo sancionatorio procede recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor y/o el de apelación ante la Delegada para la protección del consumidor.

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Sancionan a Constructora Bolívar por incumplimientos en proyectos de vivienda

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Constructora Bolívar Bogotá S.A. con una multa de 1.306 millones de pesos por publicidad engañosa e incumplimientos en las entregas de vivienda de interés social del proyecto Buenavista Living.

La decisión busca proteger los derechos de los consumidores en el sector vivienda.

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor sancionó a la Constructora Bolívar Bogotá S.A., con una multa de $1.306.426.800, tras evidenciar la vulneración de los derechos de los consumidores.

La decisión se adoptó con fundamento en la información recaudada durante la visita de inspección realizada el 22 de octubre de 2024 al proyecto “Buenavista Living”, así como en los requerimientos posteriores efectuados por la Dirección y el análisis de cerca de 30 quejas presentadas en contra de la investigada.

Los motivos de la sanción

Los principales hechos que motivaron esta decisión de la Dirección incluyen:

  1. Incumplimientos en las fechas de entregas de los inmuebles: En la investigación se comprobó que la Constructora Bolívar incumplió la fecha de entrega ofrecida a los compradores de apartamentos del proyecto de vivienda de interés social “Buenavista Living”.Adicionalmente, la Constructora modificó el plazo de entrega en al menos tres (3) ocasiones, afectando las expectativas legítimas de los consumidores y alterando la fecha de escrituración, de la cual dependía el precio final del inmueble, tratándose de vivienda VIS.
  2. Publicidad engañosa en el proyecto “Buenavista Living”: Las piezas publicitarias utilizadas para promocionar el proyecto contenían información insuficiente, confusa e inoportuna, con la capacidad de inducir a error a los consumidores sobre la naturaleza de los inmuebles ofrecidos. En particular, no se informó de manera clara que se trataba de viviendas de interés social (VIS).

Con esta decisión la SIC reafirmó su compromiso en la protección de los derechos de los consumidores en el sector vivienda, promoviendo que se tengan las herramientas mínimas para tomar decisiones informadas en el marco de las relaciones de consumo.

Contra el acto administrativo sancionatorio procede recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor y/o el de apelación ante la Delegada para la protección del consumidor.

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